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218/26-13-02-6ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Veracruz EC3

La nulidad de una resolución administrativa que impone una multa procede si la autoridad no acredita la existencia de la firma autógrafa del funcionario emisor, pues este requisito es esencial para la validez del acto y la carga de la prueba recae en la autoridad cuando la niega el particular.

Expediente
218/26-13-02-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
15 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de una resolución administrativa que impone una multa procede si la autoridad no acredita la existencia de la firma autógrafa del funcionario emisor, pues este requisito es esencial para la validez del acto y la carga de la prueba recae en la autoridad cuando la niega el particular.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción que impuso una multa, al determinar que la autoridad no acreditó la existencia de la firma autógrafa del funcionario emisor. Se enfatizó que la firma es un elemento de existencia del acto administrativo y que, ante la negativa del particular, la carga de probar su autenticidad recae en la autoridad. En consecuencia, se reconoció el derecho de la actora a la devolución del monto pagado por concepto de la multa declarada nula.

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