Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Este Tribunal de igual manera coincide con la Sala Fiscal en cuanto a que al actor se le exigía una conducta destinada a declarar improcedente la deducción de la cantidad en cuestión, en términos del artículo 31, primer párrafo, fracciones III y XIX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, haciendo la observación pertinente en el dictamen y no concretarse a precisar en el dictamen de mérito que el importe que se encontraba pendiente de pago.
Expediente
143/2015
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Filemón Haro Solís
Fecha
15 jun 2017
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Este Tribunal de igual manera coincide con la Sala Fiscal en cuanto a que al actor se le exigía una conducta destinada a declarar improcedente la deducción de la cantidad en cuestión, en términos del artículo 31, primer párrafo, fracciones III y XIX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, haciendo la observación pertinente en el dictamen y no concretarse a precisar en el dictamen de mérito que el importe que se encontraba pendiente de pago.
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