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1339/2018OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La multa impuesta por oponerse a una visita domiciliaria no es excesiva, pues el Código Fiscal de la Federación establece montos mínimo y máximo, permitiendo a la autoridad fiscal valorar la intencionalidad, capacidad económica, daño causado o grado de responsabilidad del infractor.

Expediente
1339/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
24 oct 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La multa impuesta por oponerse a una visita domiciliaria no es excesiva, pues el Código Fiscal de la Federación establece montos mínimo y máximo, permitiendo a la autoridad fiscal valorar la intencionalidad, capacidad económica, daño causado o grado de responsabilidad del infractor.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de una multa impuesta por oponerse a una visita domiciliaria. Determinó que la multa establecida en el Código Fiscal de la Federación no viola el principio de proporcionalidad, ya que prevé montos mínimos y máximos, lo que faculta a la autoridad fiscal a considerar diversos factores para su individualización, como la intencionalidad, la capacidad económica, el daño causado o el grado de responsabilidad del infractor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.