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57/2025—TCC11ª Época
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Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit· tema sin holding extraído

Los agravios de la parte ofendida y la representación social de la Federación se califican infundados, en razón de que, la resolución emitida por el Juzgador del Tribunal de Enjuiciamiento del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Nayarit, se estima que no fue dictada desde una íntima convicción, sino que más bien, fue dictada en apego a los principios de seguridad jurídica; libre valoración de la prueba y sana crítica, como lo enmarca la jurisprudencia con registro digital 2028557.

Expediente
57/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit
Ponente
Melina Hernández Sánchez
Fecha
11 mar 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Los agravios de la parte ofendida y la representación social de la Federación se califican infundados, en razón de que, la resolución emitida por el Juzgador del Tribunal de Enjuiciamiento del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Nayarit, se estima que no fue dictada desde una íntima convicción, sino que más bien, fue dictada en apego a los principios de seguridad jurídica; libre valoración de la prueba y sana crítica, como lo enmarca la jurisprudencia con registro digital 2028557.

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