La facultad de los municipios para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo y otorgar licencias de construcción está limitada por la normatividad federal en materias como hidrocarburos, equilibrio ecológico y protección al ambiente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la competencia municipal en materia de uso de suelo y licencias de construcción, reconociendo que, si bien el artículo 115, fracción V, inciso d), de la Constitución Federal otorga esta facultad a los municipios, dicha atribución se encuentra acotada por la normativa federal en áreas de interés superior como la gestión de hidrocarburos, la preservación del equilibrio ecológico y la protección del medio ambiente. Se reitera que en las controversias constitucionales la representación se limita a lo establecido en la ley, permitiendo la acreditación de delegados mediante oficio para actos procesales específicos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.