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217/2026NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Se considera que al haberse reformado el artículo el sistema de prelación obligatorio para garantizar créditos fiscales previstos en el artículo 141 del CFF, ya no subsiste el impedimento advertido por la juzgadora para negar la medida cautelar. Sin embargo, se niega la suspensión en virtud de que es fundado el agravio de la revisión adhesiva interpuesto por la Presidenta de la República relativo a que la quejosa no demostró contar con un crédito a su cargo, que se encuentre obligada a garantizar.

Expediente
217/2026
Tribunal
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Juan Carlos Guzmán Rosas
Fecha
21 may 2026
Materia
administrativa
Sentido
niega

Tema · autorreporte del tribunal

Se considera que al haberse reformado el artículo el sistema de prelación obligatorio para garantizar créditos fiscales previstos en el artículo 141 del CFF, ya no subsiste el impedimento advertido por la juzgadora para negar la medida cautelar. Sin embargo, se niega la suspensión en virtud de que es fundado el agravio de la revisión adhesiva interpuesto por la Presidenta de la República relativo a que la quejosa no demostró contar con un crédito a su cargo, que se encuentre obligada a garantizar.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.