La competencia para conocer de un recurso de revisión en un juicio de amparo indirecto, donde se reclama la suspensión de un subsidio para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) con base en los principios de equidad tributaria y no discriminación, corresponde a un Tribunal Colegiado en materia administrativa, pues la controversia versa sobre la aplicación de disposiciones fiscales y no sobre la relación laboral.
Se resuelve un conflicto competencial entre Tribunales Colegiados de Circuito para determinar a cuál corresponde conocer de un recurso de revisión en amparo indirecto. El quejoso, trabajador de un organismo descentralizado estatal, reclamó la suspensión de un subsidio para el pago del ISR, argumentando trato discriminatorio en comparación con trabajadores de organismos centralizados. Un tribunal consideró que la afectación al salario lo hacía competente en materia de trabajo, mientras que otro se declaró incompetente. La Suprema Corte determinó que la controversia se centra en la aplicación de normas fiscales y el principio de equidad tributaria, por lo que la competencia recae en materia administrativa.
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