La declaratoria de inconstitucionalidad de una norma general, al surtir efectos generales, es vinculante para todas las autoridades jurisdiccionales del país, incluso si no fueron parte formal en el juicio de controversia constitucional en que se emitió.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una denuncia de incumplimiento de resolución en la que el Tribunal de Justicia Administrativa local argumentó no haber sido notificado de la declaratoria de inconstitucionalidad y, por ende, no estar obligado a acatarla. La Corte determinó que, si bien el tribunal no fue parte formal, la naturaleza de los efectos generales de la declaratoria lo hace vinculante para todas las autoridades, incluyendo este tribunal, independientemente de su participación en el proceso original. Se enfatiza que la resolución de fondo del juicio contencioso debió atender al nuevo marco constitucional.
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