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724/2021OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La suplencia de la queja en materia civil, tratándose de acciones de responsabilidad subjetiva por violencia familiar, no opera para eximir a la víctima de la carga probatoria del daño y el nexo causal, pues dichas acciones tienen un fin primordialmente patrimonial y no afectan directamente el orden y desarrollo de la familia o instituciones de orden público.

Expediente
724/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
16 may 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suplencia de la queja en materia civil, tratándose de acciones de responsabilidad subjetiva por violencia familiar, no opera para eximir a la víctima de la carga probatoria del daño y el nexo causal, pues dichas acciones tienen un fin primordialmente patrimonial y no afectan directamente el orden y desarrollo de la familia o instituciones de orden público.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó si en un caso de violencia familiar, la suplencia de la queja debía aplicarse para eximir a la víctima de probar el daño moral y el nexo causal, y si se había juzgado con perspectiva de género. Se determinó que, si bien la violencia familiar es un hecho ilícito, las acciones de responsabilidad civil por daño moral tienen un carácter patrimonial, por lo que la suplencia de la queja no exime de la carga probatoria. Sin embargo, se enfatizó la importancia de juzgar con perspectiva de género para garantizar el acceso a la justicia en igualdad de condiciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.