La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la autoridad competente para determinar la reparación del daño en delitos equiparables al contrabando, aun cuando la sentencia condenatoria original haya sido modificada por un Tribunal Unitario.
El caso se relaciona con una sentencia condenatoria por el delito equiparable al contrabando. El Tribunal Unitario modificó la sentencia original, precisando que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la responsable de la reparación del daño. La Suprema Corte confirmó esta determinación, estableciendo la competencia de dicha Secretaría en la materia, y también se pronunció sobre el descuento de prisión preventiva y la devolución de objetos asegurados.
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