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344/25-27-01-5OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Hidalgo

El crédito fiscal se considera extinguido por prescripción cuando transcurren los plazos máximos establecidos en la ley, sin que la autoridad fiscal haya logrado su cobro efectivo.

Expediente
344/25-27-01-5
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
12 nov 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El crédito fiscal se considera extinguido por prescripción cuando transcurren los plazos máximos establecidos en la ley, sin que la autoridad fiscal haya logrado su cobro efectivo.

Resumen

La Sala Regional en Hidalgo determinó que un crédito fiscal, emitido en abril de 2012, se encontraba prescrito. La resolución impugnada había negado la prescripción, pero el tribunal consideró que, conforme al artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, el plazo máximo de diez años para el cobro del crédito, contado a partir de su exigibilidad en julio de 2012, había transcurrido sin que la autoridad lograra su ejecución. Por lo tanto, se declaró la prescripción del crédito fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.