La renovación de los integrantes de un ayuntamiento no extingue los derechos laborales de los trabajadores de base que prestaron sus servicios a administraciones anteriores, pues el cambio de titularidad de una entidad pública no afecta los derechos de dichos trabajadores.
El presente caso analiza la situación de una trabajadora de base al servicio de un ayuntamiento que fue despedida tras la renovación de la administración municipal. El tribunal determinó que la renovación de los integrantes del ayuntamiento no implica la separación automática de los trabajadores de base, ya que el cambio de titularidad de una entidad pública no afecta los derechos laborales de estos. Se enfatiza que la carga probatoria recae en el patrón para demostrar la causa justificada del despido o la renuncia del trabajador, y que la simple inasistencia no es suficiente para justificar la terminación de la relación laboral sin el debido proceso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.