Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se concede el amparo/ artículo 5° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece una serie de requisitos para que proceda la devolución que las erogaciones, los cuales exigen la contabilización de los pagos de una forma específica, sin embargo, dentro de los cuales no se encuentra aquel diverso referido a demostrar que el pago se deba clasificar como "gasto" y no como "inversión".
Expediente
437/2022
Tribunal
Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Víctor Hugo Velázquez Rosas
Fecha
16 nov 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se concede el amparo/ artículo 5° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece una serie de requisitos para que proceda la devolución que las erogaciones, los cuales exigen la contabilización de los pagos de una forma específica, sin embargo, dentro de los cuales no se encuentra aquel diverso referido a demostrar que el pago se deba clasificar como "gasto" y no como "inversión".
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.