InvestigaciónDocumento
En línea
206/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito

La suspensión de los artículos 40, fracción III, 82-C, 82-D, 197 a 202 del Código Fiscal de la Federación, no puede concederse si con ello se contraviene el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo.

Expediente
206/2021
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Juan Carlos Amaya Gallardo
Fecha
26 may 2022
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión de los artículos 40, fracción III, 82-C, 82-D, 197 a 202 del Código Fiscal de la Federación, no puede concederse si con ello se contraviene el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo.

Resumen

El tribunal confirma la interlocutoria y niega la suspensión definitiva solicitada respecto a diversos artículos del Código Fiscal de la Federación. La negativa se fundamenta en que la concesión de la suspensión transgrediría el contenido del artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, el cual establece que la suspensión será improcedente cuando se contravengan disposiciones de orden público.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.