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114/2022Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de México, con residencia en Toluca

El pagaré, como título de crédito, constituye prueba preconstituida de la acción, y la carga de la prueba de las excepciones recae en el demandado.

Expediente
114/2022
Tribunal
Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de México, con residencia en Toluca
Ponente
Yair Bardomiano Pineda Saldaña
Fecha
29 abr 2026
Materia
mercantil
Sentido

Holding · resolución sintética

El pagaré, como título de crédito, constituye prueba preconstituida de la acción, y la carga de la prueba de las excepciones recae en el demandado.

Resumen

El presente juicio ejecutivo mercantil se promovió con base en un pagaré. El tribunal determinó que la vía ejecutiva mercantil era procedente al fundarse la demanda en un título de crédito. Se analizó la legitimación de las partes, la cual se acreditó con el propio pagaré, al ser este una prueba preconstituida. Se desestimaron las excepciones opuestas por la demandada, salvo la de pago parcial, la cual se acreditó parcialmente con las transferencias bancarias y la confesión de la actora. Finalmente, se determinó que la tasa de interés moratorio pactada era usuraria, por lo que se redujo prudencialmente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.