La nulidad de un acto administrativo por falta de firma autógrafa puede ser declarada con o sin determinación de efectos, dependiendo de las circunstancias particulares del caso y la imposibilidad de subsanar el vicio.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución administrativa por carecer de firma autógrafa, lo cual constituye una violación al requisito de forma esencial para la validez del acto. Se determinó que la autoridad demandada no probó la existencia de la firma autógrafa, y que la imposibilidad de subsanar el vicio, dada la naturaleza del acto y el tiempo transcurrido, justificaba la nulidad lisa y llana, incluyendo la condena a la devolución de las multas pagadas por el actor.
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