El recurso de revisión contra una resolución interlocutoria que decide sobre la suspensión definitiva queda sin materia cuando en el juicio de amparo indirecto se emite la sentencia definitiva, la cual es impugnada a través de otro recurso de revisión que ya ha sido resuelto.
El Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito declaró sin materia el recurso de revisión interpuesto por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente contra una resolución interlocutoria sobre suspensión definitiva. La razón es que, posteriormente, se dictó sentencia en el juicio de amparo indirecto, la cual fue objeto de un diverso recurso de revisión que ya fue resuelto, haciendo innecesario el análisis del recurso inicial.
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