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4927/2017NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La importación de principios activos o materia prima para la elaboración de medicinas, que requieren un proceso de industrialización, no se considera importación de medicinas de patente y, por ende, no se actualiza la exención del Impuesto al Valor Agregado prevista en la Ley de la materia.

Expediente
4927/2017
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
14 mar 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La importación de principios activos o materia prima para la elaboración de medicinas, que requieren un proceso de industrialización, no se considera importación de medicinas de patente y, por ende, no se actualiza la exención del Impuesto al Valor Agregado prevista en la Ley de la materia.

Resumen

El criterio establece que la importación de principios activos o materia prima destinados a la elaboración de medicinas, los cuales requieren un proceso de industrialización, no se equipara a la importación de medicinas de patente. Por lo tanto, no procede la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) bajo la tasa del 0% prevista para las medicinas de patente, sino que se aplica la tasa general del impuesto. La carga de la prueba recae en el contribuyente para demostrar que se ubica en la hipótesis de exención.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.