El recurso de revisión debe interponerse por escrito, expresando agravios, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución combatida.
El promovente intentó interponer un recurso de revisión, sin embargo, este fue desechado por notoria improcedencia. El texto indica que dicho recurso debe presentarse por escrito, detallando los agravios, y dentro de un plazo de tres días a partir de la notificación de la resolución que se pretende impugnar. Al no cumplirse con estos requisitos, el recurso no fue admitido.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.