Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se niega el amparo a la quejosa.
Este Tribunal Colegiado determina que la autoridad laboral fundó y motivó correctamente el laudo. Mediante el expediente personal, el acta circunstanciada de cuatro de mayo de dos mil cuatro y la documentación del PAMA —concatenados con la afirmación de la quejosa de haber desempeñado siempre las mismas funciones—, se acreditó que realizaba tareas materiales de inspección, vigilancia y fiscalización. Por tanto, al encuadrar en el artículo 5o., fracción II, de la LFTSE, la actora carece de estabilidad en el empleo y su libre remoción es legítima.
Expediente
981/2025
Tribunal
Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
María de Lourdes Margarita García Galicia
Fecha
15 jul 2026
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo a la quejosa.
Este Tribunal Colegiado determina que la autoridad laboral fundó y motivó correctamente el laudo. Mediante el expediente personal, el acta circunstanciada de cuatro de mayo de dos mil cuatro y la documentación del PAMA —concatenados con la afirmación de la quejosa de haber desempeñado siempre las mismas funciones—, se acreditó que realizaba tareas materiales de inspección, vigilancia y fiscalización. Por tanto, al encuadrar en el artículo 5o., fracción II, de la LFTSE, la actora carece de estabilidad en el empleo y su libre remoción es legítima.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.