Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa· tema sin holding extraído
José Carlos Chávez de la Vega, es penalmente responsable de la comisión de los delitos de defraudación fiscal, previsto en el artículo 108, párrafo primero, en relación con el 95 fracción II, y sancionado en el numeral 108 fracción II, del Código Fiscal de la Federación; y defraudación fiscal equiparable, previsto en el artículo 109 fracción V, en relación con el 95 fracción II, y sancionado en el precepto 108, fracción III, del citado ordenamiento legal (vigentes en la época de los hechos -dos mil ocho-).
SEGUNDO. Por la comisión de los ilícitos señalados, se le impone la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, en términos del considerando séptimo de esta resolución.
TERCERO. Por las razones expuestas en el considerando octavo, se condena a José Carlos Chávez de la Vega, al pago de la reparación del daño, consistente en el pago de la cantidad de 3'738,264.23 (TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 23/100 M.N.), a favor del Fisco Federal, esto es, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Expediente
32/2014
Tribunal
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Ponente
Ramón Lozano Bernal
Fecha
14 oct 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
José Carlos Chávez de la Vega, es penalmente responsable de la comisión de los delitos de defraudación fiscal, previsto en el artículo 108, párrafo primero, en relación con el 95 fracción II, y sancionado en el numeral 108 fracción II, del Código Fiscal de la Federación; y defraudación fiscal equiparable, previsto en el artículo 109 fracción V, en relación con el 95 fracción II, y sancionado en el precepto 108, fracción III, del citado ordenamiento legal (vigentes en la época de los hechos -dos mil ocho-).
SEGUNDO. Por la comisión de los ilícitos señalados, se le impone la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, en términos del considerando séptimo de esta resolución.
TERCERO. Por las razones expuestas en el considerando octavo, se condena a José Carlos Chávez de la Vega, al pago de la reparación del daño, consistente en el pago de la cantidad de 3'738,264.23 (TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 23/100 M.N.), a favor del Fisco Federal, esto es, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.