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3467/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de revisión en amparo directo procede contra sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, o interpreten directamente un precepto constitucional, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
3467/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
12 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo procede contra sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales, o interpreten directamente un precepto constitucional, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, específicamente cuando se impugna la constitucionalidad de una norma general o se interpreta directamente un precepto constitucional. La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que, conforme a los artículos 107, fracción IX de la Constitución y 81, fracción II de la Ley de Amparo, este recurso es procedente solo si el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, limitándose la materia del recurso a las cuestiones propiamente constitucionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.