La autonomía presupuestaria de la Fiscalía General del Estado de Morelos, como órgano constitucional autónomo, implica que el Congreso local no puede imponerle la obligación de cubrir erogaciones específicas de seguridad social, como el pago de pensiones, si no se le transfieren los recursos correspondientes en su presupuesto anual.
La Fiscalía General del Estado de Morelos promovió controversia constitucional contra los poderes Ejecutivo y Legislativo de esa entidad, impugnando el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023. La Fiscalía argumentó que, a pesar de contar con autonomía financiera, el Congreso no le transfirió los recursos necesarios para cubrir las obligaciones de pago de pensiones. Los poderes demandados sostuvieron que la asignación presupuestal a la Fiscalía era mayor que en años anteriores, por lo que debía cubrir dichas prestaciones. La Corte determinó que la simple asignación presupuestal mayor no acredita la transferencia de fondos específicos para el pago de pensiones, por lo que la imposición de dicha obligación sin la transferencia de recursos es inconstitucional.
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