La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez de una disposición de una Ley de Ingresos Municipal por invadir la competencia federal en materia de hidrocarburos, pero desestima la impugnación de otra disposición por considerarla ajena a dicha materia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Guerrero. Se impugnaron los artículos 47, fracción XXXVI, y 50, apartado B), numeral 50, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero, para el Ejercicio Fiscal 2025. La Corte declaró la invalidez del artículo 47, fracción XXXVI, por invasión a la competencia federal en materia de hidrocarburos, mientras que desestimó la impugnación del artículo 50, apartado B), numeral 50, al considerar que no se relacionaba con dicha materia.
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