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2391/2012OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Las jubilaciones y pensiones, en su calidad de ingresos derivados de la relación laboral, se encuentran exentas del pago del impuesto sobre la renta hasta el monto establecido en la ley, sin que la referencia a un salario base para su cálculo, convenido entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el sindicato, altere dicha naturaleza o el tratamiento fiscal preferencial.

Expediente
2391/2012
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
12 sep 2012
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las jubilaciones y pensiones, en su calidad de ingresos derivados de la relación laboral, se encuentran exentas del pago del impuesto sobre la renta hasta el monto establecido en la ley, sin que la referencia a un salario base para su cálculo, convenido entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el sindicato, altere dicha naturaleza o el tratamiento fiscal preferencial.

Resumen

El presente caso aborda la tributación de las jubilaciones y pensiones, específicamente si la referencia a un salario base convenido entre el IMSS y el sindicato para calcular dichas prestaciones afecta su exención del impuesto sobre la renta. La Suprema Corte determinó que dichos conceptos, al ser ingresos derivados de la relación laboral, gozan de la exención prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, sin que la forma de calcularlos modifique su naturaleza o el tratamiento fiscal preferencial.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.