La obligación de las donatarias autorizadas de mantener a disposición del público información sobre el uso y destino de donativos recibidos y su patrimonio, solo se actualiza si efectivamente recibieron donativos en el ejercicio fiscal correspondiente.
Se demandó la nulidad de una multa impuesta a una donataria autorizada por no presentar una declaración informativa sobre el uso y destino de donativos. La autoridad consideró que la obligación existía independientemente de si se recibieron donativos. Sin embargo, el tribunal determinó que la obligación de informar sobre el uso y destino de donativos solo es exigible cuando la donataria ha recibido efectivamente donativos, y al no acreditarse que la actora los recibió en el ejercicio fiscal 2024, la multa fue declarada ilegal por falta de fundamentación y motivación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.