La cuantificación del lucro cesante, en casos que involucren a personas trans dedicadas al trabajo sexual, debe realizarse desde un enfoque interseccional con perspectiva de género, siendo válida la utilización de información estadística para calcular sus ingresos, y no conforme al salario mínimo general vigente.
El presente caso aborda la cuantificación del lucro cesante para personas trans dedicadas al trabajo sexual, tras el asesinato de una mujer trans. La quejosa argumentó que la compensación económica no era una reparación integral del daño. El tribunal determinó que dicha cuantificación debe incorporar un enfoque interseccional con perspectiva de género, reconociendo las discriminaciones específicas que enfrentan estas personas. Por ello, se valida el uso de información estadística para calcular los ingresos, en lugar de basarse en el salario mínimo general.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.