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SJF · Tesis

La procedencia del recurso de revisión fiscal está sujeta a la existencia de una resolución definitiva que ponga fin al juicio, la cual debe ser notificada al contribuyente.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 1995
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La procedencia del recurso de revisión fiscal está sujeta a la existencia de una resolución definitiva que ponga fin al juicio, la cual debe ser notificada al contribuyente.

Resumen

El presente criterio establece que para que proceda el recurso de revisión fiscal, es indispensable que exista una resolución definitiva que ponga fin al juicio. Dicha resolución debe ser debidamente notificada al contribuyente, cumpliendo con las formalidades legales, para que surta sus efectos y pueda ser impugnada a través del mencionado recurso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.