InvestigaciónDocumento
En línea
26323/25-17-04-3OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México

La falta de fundamentación y motivación de la competencia territorial de la autoridad emisora de una boleta de infracción, al no citar las disposiciones normativas que acrediten la existencia de la estación específica y su circunscripción, genera la nulidad del acto impugnado.

Expediente
26323/25-17-04-3
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
11 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación y motivación de la competencia territorial de la autoridad emisora de una boleta de infracción, al no citar las disposiciones normativas que acrediten la existencia de la estación específica y su circunscripción, genera la nulidad del acto impugnado.

Resumen

La Sala determinó que la boleta de infracción emitida por un miembro de la Guardia Nacional carecía de la debida fundamentación y motivación en cuanto a la competencia territorial de la autoridad. Se señaló que la autoridad no invocó las disposiciones normativas que acreditaran la existencia de la estación específica (Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles) ni su circunscripción territorial, lo cual es un requisito esencial para la validez del acto de molestia. Por lo tanto, se declaró la nulidad de la boleta de infracción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.