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403/2017NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Los conceptos de violación o agravios en los que se alegue la inoperancia de los principios de igualdad o equidad tributaria son inoperantes si no se proporciona un término de comparación idóneo que permita demostrar que la norma impugnada otorga un trato diferenciado.

Expediente
403/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
28 may 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Los conceptos de violación o agravios en los que se alegue la inoperancia de los principios de igualdad o equidad tributaria son inoperantes si no se proporciona un término de comparación idóneo que permita demostrar que la norma impugnada otorga un trato diferenciado.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los argumentos sobre la violación a los principios de igualdad y equidad tributaria son inoperantes si el quejoso no aporta un término de comparación adecuado. En este caso, la quejosa argumentó que las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta que establecen un régimen de incorporación fiscal y un régimen opcional para grupos de sociedades violan estos principios al otorgar un trato diferenciado. Sin embargo, la Sala consideró que las diferencias entre personas físicas y morales, así como entre sociedades del régimen general y las agrupadas, justifican un tratamiento diferenciado, haciendo inoperantes los argumentos de la quejosa por falta de un término de comparación idóneo.

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