El documento obtenido electrónicamente que contiene el aviso de cambio de domicilio del contribuyente, si cumple con los requisitos que generan convicción en cuanto a su autenticidad, es decir, cadena original y sello o firma digital, tiene eficacia probatoria plena, salvo prueba que acredite lo contrario.
El presente criterio establece que los documentos electrónicos que contienen avisos de cambio de domicilio de contribuyentes, si cuentan con cadena original y sello o firma digital, deben considerarse como pruebas con eficacia probatoria plena. Esto se debe a que dichos elementos garantizan la autenticidad de la información. Si la autoridad fiscal niega la veracidad de dicho documento, recae sobre ella la carga de aportar pruebas para desvirtuarlo o demostrar su falsedad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.