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SJF · Tesis

La inoperancia notoria de los agravios que versan sobre la inconstitucionalidad de reglamentos relacionados con leyes reclamadas, impide reservar jurisdicción al Tribunal Colegiado de Circuito para su estudio, cuando no se actualiza la suplencia de la deficiencia de la queja.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 ene 2006
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inoperancia notoria de los agravios que versan sobre la inconstitucionalidad de reglamentos relacionados con leyes reclamadas, impide reservar jurisdicción al Tribunal Colegiado de Circuito para su estudio, cuando no se actualiza la suplencia de la deficiencia de la queja.

Resumen

En los amparos en revisión, si los agravios sobre la inconstitucionalidad de un reglamento relacionado con una ley reclamada son notoriamente inoperantes y no procede la suplencia de la deficiencia, no se debe reservar jurisdicción al Tribunal Colegiado de Circuito para su análisis. La parte recurrente tiene la carga de desvirtuar las consideraciones de la sentencia recurrida con argumentos suficientes y congruentes para que el órgano revisor pueda estudiar la revisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.