La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al no asentar el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
La Sala Regional determinó que la boleta de infracción emitida por un elemento de la Guardia Nacional era nula debido a una insuficiente identificación del servidor público. Se argumentó que el elemento no cumplió con los requisitos del artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo al no especificar el nombre y cargo de quien expidió su credencial. Esta omisión, según el tribunal, vulnera el derecho a la seguridad jurídica del particular, resultando en una nulidad lisa y llana del acto impugnado.
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