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214/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La suspensión provisional procede contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas emitida por la Unidad de Inteligencia Financiera, para el efecto de que dicha unidad elimine provisionalmente al solicitante de la lista, permitiéndole el acceso a sus fondos.

Expediente
214/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
6 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión provisional procede contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas emitida por la Unidad de Inteligencia Financiera, para el efecto de que dicha unidad elimine provisionalmente al solicitante de la lista, permitiéndole el acceso a sus fondos.

Resumen

El presente caso analiza la procedencia de la suspensión provisional en el juicio de amparo contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas emitida por la Unidad de Inteligencia Financiera. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que sí es procedente otorgar dicha medida. Esto se debe a que la suspensión permitirá que la Unidad de Inteligencia Financiera elimine provisionalmente al quejoso de la lista, lo que a su vez le permitirá acceder a los fondos de sus cuentas bancarias de manera habitual.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.