El saldo insoluto se integra por el capital no cubierto al momento del incumplimiento, más dos meses de intereses y el IVA generado por estos.
El presente caso analiza la integración del concepto de "saldo insoluto" en un contrato de préstamo. Se determina que dicho saldo no solo comprende el capital no pagado al momento del incumplimiento, sino que también debe incluir dos meses de intereses calculados a la tasa pactada, así como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a dichos intereses. Esta interpretación busca reflejar la totalidad de las obligaciones pendientes del acreditado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.