La caducidad de los procedimientos administrativos iniciados de oficio opera en favor del gobernado cuando la autoridad no emite la resolución dentro de los plazos legales establecidos, extinguiendo así su facultad para ejercer sus atribuciones.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución sancionatoria emitida por la Procuraduría Federal del Consumidor. La decisión se basó en que la autoridad no respetó los plazos legales para emitir la resolución, actualizándose la figura de caducidad del procedimiento administrativo iniciado de oficio. Al no emitirse la resolución dentro de los quince días hábiles posteriores a la presentación de alegatos, y transcurridos treinta días adicionales para que operara la caducidad, la facultad de la autoridad para sancionar se extinguió, invalidando el acto impugnado.
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