El ciudadano carece de interés jurídico o legítimo para impugnar los resultados de una elección en la que no participó como candidato, pues no se actualiza una afectación real y directa a sus derechos político-electorales.
El Máximo Tribunal determinó que un ciudadano no tiene legitimación para impugnar los resultados de una elección o la entrega de constancias de mayoría si no participó como candidato en dicho proceso. La razón es que, en tal calidad de ciudadano, no se actualiza una afectación real y directa en su esfera de derechos político-electorales, requisito indispensable para la procedencia de la acción. Por lo tanto, se considera que carece del interés jurídico o legítimo necesario para interponer el medio de defensa.
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