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323/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El requisito de deducibilidad de los pagos salariales superiores a dos mil pesos, consistente en su realización mediante transferencia electrónica de fondos u otros medios distintos al numerario, no contraviene los principios de proporcionalidad tributaria, seguridad jurídica ni irretroactividad de la ley.

Expediente
323/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
5 dic 2022
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El requisito de deducibilidad de los pagos salariales superiores a dos mil pesos, consistente en su realización mediante transferencia electrónica de fondos u otros medios distintos al numerario, no contraviene los principios de proporcionalidad tributaria, seguridad jurídica ni irretroactividad de la ley.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Ley del Impuesto sobre la Renta, al establecer que los pagos salariales superiores a $2,000.00 deben realizarse mediante transferencia electrónica u otros medios distintos al efectivo para ser deducibles, no viola los principios constitucionales. Se consideró que esta medida busca facilitar la fiscalización y el control de las deducciones por parte de la autoridad hacendaria, sin afectar la capacidad contributiva ni generar retroactividad o incertidumbre jurídica. Asimismo, se analizó y desestimó la inconstitucionalidad del artículo décimo transitorio en relación con el subsidio al empleo, al establecerse un mecanismo de acreditamiento para los empleadores.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.