InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCJurisprudencia firme9ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera y de mercancías de comercio exterior en tránsito constituye una facultad de comprobación distinta a la orden de visita domiciliaria, por lo que no es necesario fundar la competencia de la autoridad en el artículo 43 del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 sep 2008
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera y de mercancías de comercio exterior en tránsito constituye una facultad de comprobación distinta a la orden de visita domiciliaria, por lo que no es necesario fundar la competencia de la autoridad en el artículo 43 del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

La presente ejecutoria establece que la facultad de la autoridad aduanera para emitir órdenes de verificación de vehículos y mercancías de procedencia extranjera en tránsito es distinta a la facultad de emitir órdenes de visita domiciliaria. Por lo tanto, la autoridad no está obligada a citar el artículo 43 del Código Fiscal de la Federación para fundar su competencia en el primer supuesto, ya que dicho artículo regula específicamente las visitas domiciliarias y la protección del domicilio de los gobernados, lo cual no es aplicable a las verificaciones en tránsito.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.