InvestigaciónDocumento
En línea
563/2015OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

Los contribuyentes que celebraron operaciones afectas al pago del IVA con anterioridad al 1 de enero de 2014, que por tal motivo expidieron comprobantes fiscales antes de dicha fecha y que dichas operaciones efectivamente sean cobradas a partir del onceavo día hábil de enero de 2014, deberán expedir por cada operación que efectivamente cobren a partir del citado día, un CFDI complementario al comprobante fiscal que hubieren expedido con anterioridad al 2014, para trasladar el IVA adicional que se cause en la operación de conformidad con la Ley de IVA vigente y efectuar la retención según corresponda.

Expediente
563/2015
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ
Fecha
8 mar 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los contribuyentes que celebraron operaciones afectas al pago del IVA con anterioridad al 1 de enero de 2014, que por tal motivo expidieron comprobantes fiscales antes de dicha fecha y que dichas operaciones efectivamente sean cobradas a partir del onceavo día hábil de enero de 2014, deberán expedir por cada operación que efectivamente cobren a partir del citado día, un CFDI complementario al comprobante fiscal que hubieren expedido con anterioridad al 2014, para trasladar el IVA adicional que se cause en la operación de conformidad con la Ley de IVA vigente y efectuar la retención según corresponda.

Resumen

El presente extracto se refiere a la obligación de los contribuyentes de expedir un CFDI complementario para operaciones cobradas a partir del 11 de enero de 2014, cuando los comprobantes fiscales originales se emitieron antes del 1 de enero de 2014. Este CFDI complementario debe trasladar el IVA adicional causado conforme a la Ley vigente y realizar la retención correspondiente, haciendo referencia al comprobante fiscal original en lugar de incluir toda la información fiscal habitual.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.