La autoridad fiscal no está obligada a verificar la titularidad de la cuenta CLABE proporcionada por el contribuyente para la devolución automática de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta, en virtud de que la firma electrónica y la cuenta CLABE autorizan la transferencia, y la información del titular de la cuenta no es un dato que deba ser verificado por la autoridad.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la contradicción de criterios sobre si la autoridad fiscal debe verificar la titularidad de la cuenta CLABE proporcionada para la devolución automática de saldos a favor del ISR. La Sala determinó que la autoridad no tiene esta obligación, ya que la firma electrónica y la cuenta CLABE autorizan la transferencia, y la información del titular de la cuenta no es un dato que deba ser verificado por la autoridad, pues se presume que el contribuyente reconoce la titularidad de la cuenta proporcionada.
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