La Sala Fiscal que resolvió obró conforme a derecho al estimar que la falta de expresión del motivo por el cual la autoridad consideró que determinadas bebidas alcohólicas no corresponden a las fórmulas registradas, impide al quejoso defenderse eficazmente en contra de esa resolución, sin incurrir en violación al artículo 203 del Código Fiscal de la Federación.
La presente ejecutoria analiza la correcta aplicación del artículo 203 del Código Fiscal de la Federación en un caso donde se impuso una multa por no corresponder bebidas alcohólicas a las fórmulas registradas. La Sala Fiscal determinó que la falta de expresión del motivo específico por el cual la autoridad consideró que las bebidas no cumplían con las fórmulas, violaba el derecho de defensa del contribuyente. Se confirma que la autoridad debe detallar el fundamento de su determinación para permitir una defensa adecuada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.