La orden de visita domiciliaria para la verificación de mercancías de procedencia extranjera, al ser un acto de autoridad que causa molestias al particular y puede afectar de manera directa e inmediata sus derechos sustantivos, es impugnable a través del juicio de amparo biinstancial.
La orden de visita domiciliaria para verificar mercancías de procedencia extranjera es el primer acto de fiscalización y sustento de un procedimiento administrativo. Si bien las actas de visita son impugnables hasta la resolución final, la orden misma, al afectar directamente derechos sustantivos como la inviolabilidad del domicilio, puede ser combatida mediante juicio de amparo biinstancial, conforme al artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo.
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