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1067/2025OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua

La suspensión definitiva es improcedente contra actos consumados, pues su concesión equivaldría a otorgar efectos restitutorios, propios de la sentencia de fondo.

Expediente
1067/2025
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chihuahua
Ponente
Héctor Manuel Flores Lara
Fecha
30 oct 2025
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva es improcedente contra actos consumados, pues su concesión equivaldría a otorgar efectos restitutorios, propios de la sentencia de fondo.

Resumen

El Juzgado Sexto de Distrito en Chihuahua negó la suspensión definitiva contra una resolución interlocutoria de liquidación, al considerar que el acto reclamado ya se encontraba consumado. Sin embargo, concedió la suspensión para mantener las cosas en el estado actual hasta la resolución del fondo, siempre que los actos no se hubieran ejecutado previamente a la interposición de la demanda. Se citan jurisprudencias sobre la improcedencia de la suspensión contra actos consumados y los efectos de la misma.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.