La reforma a una ley estatal que obliga a los servidores públicos municipales a presentar sus declaraciones patrimoniales ante el órgano interno de control del Congreso local, en lugar de ante el órgano de control municipal, es inconstitucional por invadir la esfera de competencia municipal y contravenir el marco del Sistema Nacional Anticorrupción.
El Municipio de Matías Romero Avendaño impugnó una reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas de Oaxaca que obligaba a sus servidores públicos a presentar sus declaraciones patrimoniales ante el órgano interno de control del Congreso del Estado. La Suprema Corte determinó que dicha reforma es inconstitucional, ya que el artículo 115, fracción II, de la Constitución Federal establece la autonomía municipal y la existencia de órganos internos de control en los municipios para fiscalizar a sus propios servidores. Además, la reforma contraviene el espíritu del Sistema Nacional Anticorrupción, que busca la coordinación y la atribución de competencias claras entre los distintos órdenes de gobierno, y no la invasión de facultades.
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