Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito· tema sin holding extraído
revisión fiscal se debe desechar al no existir en la sentencia recurrida una declaración en cuanto a la existencia de un derecho en favor del particular ni la inexigibilidad de una obligación en perjuicio de la autoridad demandada en relación con el fondo del asunto, es claro que el recurso de revisión que se intenta no satisface el requisito de excepcionalidad que exige el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en la manera como fue interpretado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las jurisprudencias citadas al inicio de este considerando.
Expediente
120/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Rogelio Cepeda Treviño
Fecha
2 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
revisión fiscal se debe desechar al no existir en la sentencia recurrida una declaración en cuanto a la existencia de un derecho en favor del particular ni la inexigibilidad de una obligación en perjuicio de la autoridad demandada en relación con el fondo del asunto, es claro que el recurso de revisión que se intenta no satisface el requisito de excepcionalidad que exige el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en la manera como fue interpretado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las jurisprudencias citadas al inicio de este considerando.
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