Los agravios que controvierten la legitimación en la causa para interponer un recurso de revisión son inoperantes cuando se plantean en un recurso de reclamación contra el auto que admitió dicho recurso de revisión, pues dicha cuestión solo puede analizarse al dictarse la sentencia definitiva de los recursos de revisión.
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito declaró infundado un recurso de reclamación y confirmó el auto de presidencia que admitió a trámite los recursos de revisión. La parte recurrente cuestionó la legitimación de terceros extraños para interponer dichos recursos. El tribunal determinó que los agravios sobre legitimación en la causa son inoperantes en el recurso de reclamación, ya que esa cuestión solo puede ser analizada al momento de dictar sentencia en los recursos de revisión, no en el auto de admisión.
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