La competencia de la autoridad para emitir una resolución se rige por las facultades y atribuciones que le otorgan los ordenamientos legales, no por el mecanismo de designación de su titular, el cual corresponde a un análisis de "incompetencia de origen" o "ilegitimidad" ajeno a la jurisdicción del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
La Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del TFJA analizó la legalidad de una multa impuesta por la PROFEPA. El actor impugnó la resolución argumentando, entre otras cosas, la falta de competencia de la autoridad emisora. El Tribunal determinó que la competencia por razón de materia se acredita con las facultades conferidas por la ley al órgano administrativo, y que las cuestiones relativas a la designación del titular (incompetencia de origen o ilegitimidad) escapan a su análisis, remitiendo a la jurisprudencia aplicable.
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