La declaratoria de inconstitucionalidad de una norma, al ser una cuestión de orden público, debe prevalecer sobre cualquier disposición que la contravenga, aun cuando esta última haya sido emitida con posterioridad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad del artículo 22, fracción III, de la Ley de la Comisión Nacional de Energía, adicionado en marzo de 2025. La CNDH argumenta que la norma vulnera los derechos a la seguridad jurídica y legalidad, pues no existe fundamento normativo para declarar el estado de interdicción. La Corte determina que, dado que las normas que regulaban el estado de interdicción fueron derogadas en 2023 y que este Tribunal ya se pronunció sobre la inconstitucionalidad de normas similares en 2025, la norma combatida contraviene el principio de legalidad y seguridad jurídica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.