Las cuotas por la expedición de copias simples o certificadas de documentos, así como las sanciones por faltar al respeto a la autoridad o generar molestias en la vía pública, deben estar previstas en normas claras y proporcionales, a fin de no vulnerar los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversas disposiciones de Leyes de Ingresos Municipales de Oaxaca por considerar que violaban los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad tributaria y legalidad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de las normas relativas al cobro por expedición de copias simples y certificadas, al considerar que las cuotas eran desproporcionadas y no guardaban relación razonable con los costos de los servicios. Asimismo, se invalidaron las disposiciones que establecían sanciones por escándalo en la vía pública o por faltar al respeto a la autoridad, al considerar que carecían de taxatividad y generaban inseguridad jurídica.
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